El pasado mes de julio publicó la norma de referencia de la que, entre otras muchas otras medidas, queremos destacar dos que afectan significativamente a Empresas, Autónomos y PYMEs.
La primera es la limitación de los pagos en efectivo a 1.000,00 euros (antes esta cifra estaba fijada en 2.500,00 euros). Esta medida entró en vigor el pasado julio.
La segunda se refiere a la utilización de programas informáticos o electrónicos de facturación, contabilidad o gestión. La norma exige que los programas contables, de gestión o de facturación, deben estar certificados por el proveedor informático que los suministra. Esta medida entrará en vigor el 11 de octubre próximo. Ahora bien, esta norma necesita de un desarrollo reglamentario que, a la fecha, aún no ha sido publicado. Cabe entender pues que, a falta de dicho reglamento, en estos momentos la norma no tiene una aplicación efectiva. En todo caso, aconsejamos ser prudentes puesto que últimamente el legislador ya nos tiene acostumbrados a dictar normas sin previo aviso y con efectos inmediatos.
Además de estas dos medidas hay muchas mas pero, a efectos de no ser demasiado extensos, hemos considerado las mas destacables. Si desea consultar el texto integro de la norma haga clic Aquí
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